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Requisitos
Según se indica en el Artículo 5º de los Estatutos Sociales de CEX, podrán ingresar en la Asociación las sociedades mercantiles y civiles y entidades, definidas en el artículo 2º de estos Estatutos, que lo soliciten y cumplan con los siguientes requisitos:
- Que cumplimenten el formulario de admisión previsto al efecto.
- Que acrediten un año de funcionamiento en activo.
- En el caso de Sociedades mercantiles que tengan el capital social desembolsado en las condiciones a las que obligue la norma legal que, por su forma, les resulte de obligación.
- Que tengan una plantilla con un mínimo de 30 personas, al menos en los últimos seis meses anteriores a su solicitud de admisión.
- Que acepten el Código de normas éticas de la Asociación.
- Que cumplan la legislación vigente, en especial en materia de competencia.
- Que estén al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- Que apliquen el Convenio Colectivo sectorial de Contact Center.
- Que sean aceptados por la Junta Directiva. Excepcionalmente, y siempre que existan probadas razones para ello, la Junta Directiva podrá proponer a la Asamblea General la admisión de candidatos que no acrediten un año efectivo de funcionamiento.